domingo, 12 de septiembre de 2010

La reforma de la justicia militar

Las prohibiciones a la libertad de expresión y pensamiento, nunca fueron buenas. Hay múltiples escritos y libros, que considerados en algún momento como enemigos del Estado, fueron impedidos de circular. En la gran mayoría de los casos, eso terminó mal, como ocurrió por ejemplo con el libro "Etica y Servicios de Inteligencia", escrito en 1993 por Humberto Palamara, un empleado civil, quien fue objeto de múltiples pesecuciones penales por desacato e incumplimiento de deberes militares, encarcelado, allanada su casa e incautados los libros. 

El asunto es que luego de agotar todas las instancias nacionales en demanda de justicia, el afectado concurrió ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. La Corte, en el año 2005, condenó al Estado de Chile, por violación a  los derechos a la libertad de pensamiento y de expresión, a la propiedad privada, a las garantías judiciales, a la protección judicial y a la libertad personal. La sentencia ordenó establecer "límites a la competencia material y personal de los tribunales militares, de forma tal que en ninguna circunstancia, un civil se vea sometido a la jurisdicción de los tribunales penales militares". Palamara había tenido un largo periplo por Cortes Navales.

Recién el  martes pasado, el Presidente de la República, firmó el proyecto de ley que pretende sustraer del conocimiento de los tribunales militares, aquellos delitos que involucren a civiles, y deroga el delito de desacato, lo que garantiza la plena vigencia de la libertad de expresión. Esto significa sacar de la justicia militar aproximadamente cuatro mil causas que involucran a civiles, los que pasarán a ser juzgados por la normativa del Código Procesal Penal, o sea en la justicia civil, como por lo demás se ordenó hace cinco años por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Pero aún queda pendiente la reforma al sistema de justicia militar, que sigue siendo de corte inquisitivo, donde los uniformados no poseen un derecho efectivo a la defensa, en medio de un sistema jerárquico y caracterizado en los hechos por la ausencia de garantías tales como el derecho a guardar silencio, o a contar siempre con un abogado de cofianza. Lo ideal sería que el estado emprenda también los cambios en este ámbito, porque si bien es un avance que ningún civil sea perseguido por cortes militares, sin embargo se debe garantizar el derecho al debido proceso a todos los uniformados, en las mismas condiciones que los civiles. La circunstancia de vestir uniforme, no los releva de la necesaria igualdad ante la ley, que significa el juzgamiento en un sistema acusatorio. 

Por otra parte, la persecución penal, cualquiera sea su naturaleza y fuero, debe ajustarse siempre a los estándares básicos, que imponen los tratados internacionales ratificados por Chile y los pronunciamientos del sistema interamericano de justicia. Si así no ocurre, el país estará siempre expuesto a la condena, como ocurrió en el caso Palamara, que bien pudo haberse evitado con un mínimo de buen juicio y sentido común, el mismo que debe existir en el juzgamiento penal.

(Columna publicada hoy domingo 12 de septiembre, en el Diario El Sur de Concepción)

Error de identificación y 173 días preso en España

Hay errores burdos, como el ocurrido en Bilbao, España, con el ciudadano Flavio Emilitín Silva Moreira, quien estuvo en prisión 173 días, porque su nombre era igual al de un prófugo de la justicia. Nadie atinó siquiera a confrontar sus huellas dactilares con las del verdadero buscado.

Recién en febrero del 2008, terminó la pesadilla que comenzó cuando en un control policial, chequearon su nombre en un computador, y aparecía con orden de detención pendiente. El afectado ha demandado por 175.000 euros al estado español.