domingo, 14 de agosto de 2011

El análisis de la criminología mediática según Zaffaroni

Por estos días, en Argentina, ha estallado el escándalo en tordo al Dr. Raul Zaffaroni. El motivo, que en unos departamentos de su propiedad, entregados para administración, se practicaba la prostitución. Líderes políticos se han lanzado en picada contra el jurista, pidiendo la renuncia al cargo de ministro de la Corte Suprema, pero también ha obtenido el cerrado apoyo de personas que ven en el ataque, un intento de desprestigiarlo, por viejas cuentas políticas.

Zaffaroni ha respondido con calma a los ataques, explicando las imputaciones, que tienen lugar en plena campaña electoral. En su estilo, una clase sobre "criminología mediática", ha analizado el fenómeno de la "lapidación mediática", o el "objeto de una tentativa fallida de construcción mediática de la realidad", que tiene mucho de aquellos fenómenos de "asesinato de imagen", donde el acusado es objeto de una campaña de desprestigio.

En parte de su intervención, el Dr. Zaffaroni señala:

En lo antropológico no puedo dejar de observar que para intentar destruir psíquicamente a una persona se requiere una pulsión de odio tan brutal que en otras condiciones se materializaría en forma directamente destructiva en el plano físico. Me pregunto qué mueve semejante pulsión destructiva. ¿Qué genera o motiva semejando grado de odio? Y llego a la conclusión de que en el fondo es el afán crematístico y de poder. Poder y dinero es la clave. ¡Son locos! ¡Están alienados! Han alcanzado un grado tal de alienación que olvidan el viejo adagio popular: no hay mortaja con bolsillo. Si es que ya no lo tienen, reunirán el dinero que les alcance para vivir muchas vidas, pero no los vivirán, porque hay una sola y única vida, con límite infranqueable. Quizás esta afirmación sea demasiado existencialista y, por ende, resulte un poco pasada de moda, pero no puedo dejar de llamar a la reflexión desde esta perspectiva frente a semejante grado de alienación.
Les dejo el link, que contiene la clase completa.

martes, 2 de agosto de 2011

Caso de convicción errada se descubre en Chile luego de 9 años.

Suadileyn tenía 9 años de edad, cuando motivada por la separación de sus padres, e intentando dar un escarmiento a su padre, inventó que éste la había violado. El hombre fue puesto en prisión en el año 2002, y el 2004 condenado a 5 años y un día, pero en  septiembre de 2007, por la Corte de Apelaciones de Santiago lo condenó a la pena de 15 años.

Nueve años después, siendo mayor de edad, la acusadora ha dicho la verdad en una declaración jurada, luego de buscar ayuda especializada en terapia psicológica. Se presentó un recurso de revisión, y las pruebas fueron tan abrumadoras, que Rodrigo Saavedra Conus, chileno, natural de Rinconada de Laja, ha sido puesto en libertad por la Corte Suprema.

El exonerado fue condenado, en el Vigésimo Noveno Juzgado del Crimen de Santiago, en la causa Rol 26.341-2001. Lo más curioso del asunto, es que nuevos examenes ginecológicos practicados a la presunta víctima, señalan que ésta no ha tenido nunca relaciones sexuales.

Se trata del típico caso donde la víctima miente para obtener ganancias secundarias, en este caso alejar al padre de su nueva pareja, cuestión que motivó la convicción errada de un tribunal, que al parecer tampoco fue muy prolijo a la hora de ponderar las pruebas. Saavedra Conus estaba preso, en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Santiago Sur.

El recurso de revisión lleva el rol 2827-2011 y la resolución que lo acoge se dictó el pasado 28 de julio.

miércoles, 4 de mayo de 2011

El Dr. Binder sobre la realidad procesal penal argentina

Mientras en Buenos Aires, Argentina, se debate sobre el paso desde el sistema inquisitivo al acusatorio, impresiona como los diagnósticos iniciales no difieren demasiado de aquellos que motivaron el cambio en Chile y en otros lugares de américa.

El Dr. Alberto Binder, uno de los más destacados procesalistas del continente, y experto en sistema comparados, en esta entrevista, deja muy claras algunas cuestiones que motivan el cambio y de paso hace críticas muy categóricas al ministerio público, la policía, la labor de los jueces y de los abogados que hacen defensa, sin eludir tampoco referencias a la ética.


Se trata de observaciones válidas para realidades que van más allá de la República Argentina, y que confirman la necesidad urgente de las mutaciones procesales.

jueves, 21 de abril de 2011

Sobre la presunción de inocencia

En este tema, han corrido ríos de tinta y también de sangre. Comenzamos a oir de la presunción de inocencia, en la facultad de derecho y de ahí al ejercicio profesional, casi como una etiqueta, a veces reivindicada y en otras ocasiones vilipendiada. ¿Cómo se compatibiliza con el tratamiento que recibe un individuo puesto frente al ius puniendi? ¿Que tan armónica se presenta con medidas privativas o restrictivas de libertad? ¿Cómo se ordena con el orden constitucional y supraconstitucional?

El Dr. Humberto Nogueira Alcalá, publicó un artículo en Ius et Praxis, cuyo resumen es extraordinariamente esclarecedor:

El artículo aborda el alcance de la presunción de inocencia en el ordenamiento jurídico nacional, teniendo en consideración el derecho convencional internacional de los derechos humanos, el código procesal constitucional y la jurisprudencia emanada de nuestros tribunales superiores como de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Para aprender y argumentar con eficacia sobre la presunción de inocencia. Aquí les dejo el link.

Audiencia Nacional española deja libre por error a preso sentenciado a 2500 años

España vive un curioso incidente, luego que el 13 de abril, la Audiencia Nacional, dejara en libertad, a un preso de la ETA, que había sido condenado en la década del 80 a  2.500 (dos mil quinientos) años de cárcel, por 22 asesinatos. En una equivocada resolución, los jueces indicaron que Antonio Troitiño había cumplido la condena.

Los jueces aplicaron equivocadamente la Doctrina del Tribunal Constitucional, denominada "doctrina Parot", que a través de un doble cómputo penal, por el Art. 17.1 de la Constitución Española, permite computar a la pena que se está cumpliendo efectivamente, el tiempo que la persona ha permanecido recluido en prisión preventiva en otra causa. Hay un límite de 30 años efectivos para toda condena, de ahí la resta de 7 años, porque el preso había cumplido ya 23 en prisión.

Pero el preso no podía ser objeto de dicho beneficio, porque otra resolución de la Audiencia Nacional, dictada días antes de la que lo dejó en libertad, señalaba que los descuentos debían hacerse en forma sucesiva, a medida que fuera cumpliendo las penas, pero esa no se conoció sino hasta 5 días después de la liberación de Troitiño, quien hoy permanece fugado.

miércoles, 20 de abril de 2011

¿Cuánto puede preguntar el Juez?

La definición de roles, constituye un principio fundamental de los sistemas acusatorios, donde la facultad de juzgar se radica en órganos jurisdiccionales, y el Ministerio Público asume la actividad de ejercer la acción penal. En el juicio oral, quienes incorporan la prueba son los intervinientes, es decir, los fiscales, los defensores y los querellantes, y el juez sólo observa un debate, que posteriormente decide.

Cuando el juez transgrede aquella pasividad, y por ejemplo pregunta más allá de meras aclaraciones, para obtener información como si fuera un investigador, el debido proceso se lesiona, e incluso pone en entredicho la imparcialidad del tribunal. Este asunto fue resuelto por la Corte Suprema de Chile, en una esclarecedora sentencia de 1 de septiembre de 2009, que resolvió un recurso de nulidad presentado por la defensa, contra la definitiva recaída en un juicio oral realizado en Chillán, Región del Bio Bio.

La sentencia motivó un artículo del Dr. Diego Palomo Vélez, Profesor de Derecho Procesal de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad de Talca, que fue publicado en la Revista de Derecho de La U. Católica del Norte, titulado "Sobre las dificultades que genera la comprensión de las posibilidades y extensión del interrogatorio judicial en el marco de un proceso penal acusatorio adversarial"

Aquí el link.

Mujer apuñala a su novio porque no le deja ver Facebook

La historia ocurrió en Indiana, Estados Unidos. Una mujer de 21 años, de nombre Shemicka Mcvey, pidió a su novio Maurice Davenport, que le dejara ver el perfil que éste mantiene en Facebook, pero Maurice se negó, lo que desató la ira de Shemicka, quien premunida de un cuchillo cocinero, apuñaló al hombre en el brazo

Una vez que llegó la Policía Metropolitana, el novio informó a los agentes que todo se había debido a una disputa, y que no levantaría cargos contra la mujer, con la cual vive hace aproximadamente un año y tienen una hija de dos años. La policía no describió en su reporte las precisas razones por las cuales Shemicka quería ver el perfil de su novio, y éste tampoco entregó mayores detalles.

Más antecedentes sobre el incidente, en este link.

martes, 19 de abril de 2011

Juez Garzón es suspendido de sus funciones

El asunto comienza cuando el Juez Garzón se avoca a conocer el famoso caso Gurtel, que involucra a miembros del Partido Popular en supuestos actos de corrupción, una compleja trama relacionada con contratos fraudulentos. En esa investigación, ordena escuchas de conversaciones entre los abogados defensores, y algunos de lo imputados que permanecían en prisión.

La diligencia , motivó que el abogado Ignacio Peláez, ex fiscal y compañero de Garzón,  quien defiende a uno de los implicados, se querellara por el delito de prevaricación, que consiste en dictar a sabiendas una resolución contraria a derecho. La impugnación es precisamente porque se violaría el secreto profesional, con las escuchas.

La querella es tramitada ante el Tribunal Supremo, y la Fiscalía de la Audiencia Nacional, ha calificado el asunto como un "fraude de ley", defendiendo la actuación de Garzón. Sin embargo, se ha abierto un juicio oral, y derivado de lo anterior, el Consejo General del Poder Judicial, ha decidido suspender de sus funciones al Juez, cuestión que debe ser ratificada por el Consejo en Pleno, el 28 de abril.

lunes, 18 de abril de 2011

Luis Moreno Ocampo en TED

La sigla TED significa "Tecnología, Entretenimiento, Diseño", y representa a una organización sin fines de lucro, que se dedica a mostrar "ideas que vale la pena difundir", mediante las conferencias anuales o TED Conference y las TED Talks, donde invitan a destacadas personalidades, que en unos cuantos minutos, abordan temas de interés.

Tienen sus oficinas en Nueva York,  pero han realizado conferencias en países tan diferentes como Inglaterra, Tanzania, India, e incluso Buenos Aires. En esta última ciudad, el año 2010, expuso el Dr. Luis Moreno Ocampo, quien es abogado, y ocupa el cargo de Fiscal Jefe de la Corte Penal Internacional, donde ha realizado numerosas investigaciones por delitos de lesa humanidad. Ha sido Profesor Asociado de Derecho Penal en la Universidad de Buenos Aires.

En algo más de 17 minutos, relata su experiencia, explica su trabajo, y se refiere a la justicia interncional de los derechos humanos, en una charla imperdible.

Contra la responsabilidad de las personas jurídicas

El 2 de diciembre de 2009, se dictó en Chile la "Ley que establece la responsabilidad de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica", que lleva el número 20.393. El Dr. Alex Van Weezel, Abogado, Licenciado en Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile, Doctor en Derecho de la Universidad de Bonn y Profesor de Derecho Penal de la Universidad de Chile, escribió una visión crítica de la ley, en el artículo titulado "Contra la responsabilidad de las personas jurídicas". El resumen dice:


El presente trabajo  de discusión contiene una crítica al establecimiento  de un  régimen  de responsabilidad  penal de las personas jurídicas y propone una interpretación  y aplicación restrictiva de la Ley N° 20.393. Según el autor, el dilema de la responsabilidad penal de las personas jurídicas radica en  que no  existe una opción  de compromiso  que permita considerar a la persona jurídica como  sujeto  penal en  sentido  estricto, pues ello  significa liberar de responsabilidad a la persona natural que encarna el órgano, o bien prescindir del principio de culpabilidad. En efecto, si se examina cómo debe entenderse el reproche penal para que sea posible imponer una pena a un  sujeto  que tiene las características de una persona jurídica, se descubre que tal reproche necesariamente debe ser indiferente a la identidad  personal y a la culpabilidad  de su  destinatario. Por esta razón, se estima que la responsabilidad  penal de las personas jurídicas es un  cuerpo  extraño  en  el derecho  penal chileno, fundamentalmente orientado según el principio de culpabilidad.

El trabajo completo, en este link.

Dennis Quaid: drogas en Hollywood eran parte del presupuesto

El actor norteamericano Dennis Quaid, famoso por películas como "Enemigo Mío" (1985); Un domingo Cualquiera (1999); Traffic (2000) entre otros éxitos, escribió en el último número de Newsweek, una columna sobre su adicción a la cocaína, titulada "Mi error favorito". relata como empezó a consumir en 1974, de manera absolutamente casual y luego de haber dejado la Universidad, y describe que la cocaína "era de caja chica", en los rodajes cinematográficos de Hollywood.

Señala que en los 80, dormía una hora por día, y al despertar, volvía a caer en la adicción una y otra vez, lo que comenzó a dañar su actuación. También comenta su participación en el grupo de música "The Eclectics" y como se separaron, luego de una actuación y en medio de múltiples excesos. Recién en los 90 tomó la decisión de someterse a rehabilitación, en parte por el hijo que había tenido con la actriz Meg Ryan.

Las revelaciones de Quaid, han impactado a la opinión pública, por el reconocimiento implícito de que en Hollywood como parte del presupuesto,  se incorporaba la entrega de drogas durante el rodaje de las películas.

Estudio demuestra malas conductas de los Fiscales en California

Un estudio del Northern California Innocence Project, denominado "Preventable Error, A Report Of Prosecutorial Misconduct in California1997-2009", realizado por Kathleen M. Ridolphi y Maurice Posley, arroja preocupantes resultados en la actividad realizada por los fiscales de California. Al menos en 707 casos, las Cortes encontraron que los fiscales habían tenido mal comportamiento en las investigaciones a cargo, que van desde el robo con fractura, pasando por violaciones, posesión de drogas, fraudes y secuestros, entre otros.

El proyecto que depende de la Santa Clara Law, señala que sólo el año 2010, hubo al menos 130 casos, en los cuales se determinó la mala conducta, originando que se revirtieran 18 condenas, de las cuales 8 eran por homicidio. El debate recién comienza, y ha motivado que instituciones como la California State Bar, California District Attorneys Association, California Public Defenders Association and California Attorneys for Criminal Justice, hayan propuesto entre otras medidas, iniciar cursos de acción para fortalecer el comportamiento ético en las causas penales.

Charles Manson entrevistado después de 40 años en prisión.

Existen crímenes históricos, de los cuales todos hablamos alguna vez en nuestras vidas. Hay infractores de ley que son legendarios, por la forma en que cometieron el crimen. Charles Manson asesinó a Sharon Tate, la esposa de Roman Polanski, quien estaba embarazada de ocho meses. La noticia dio la vuelta al mundo en medio de escabrosos detalles. El culpable fue llevado a juicio y condenado en 1969, a la pena capital, que luego fue conmutada por presidio perpetuo.

Manson acaba de dar una entrevista a la edición española de la revista Vanity Fair, y la noticia está en los medios. A 40 años de los crímenes, dice:

"Yo vivo en el inframundo. No le digo a la gente lo que tiene que hacer. Ellos saben lo que tienen que hacer. Y si no lo saben, no vienen a mí. Soy muy mezquino. Soy un mal hombre. Sucio. Estoy en la  plaza de toros. No juego. Disparo a la gente. Soy un forajido. Soy todo lo malo."

La edición de mañana de Vanity Fair, trae la entrevista completa, justo cuando Manson pretende reabrir su caso, con la asesoría del célebre abogado Giovanni Di Stefano, quien ha representado a clientes como Saddam Hussein, Tarek Haziz y Slobodan Milosevic.

sábado, 16 de abril de 2011

El Dr. José Luis Guzman Dálbora y el autoritarismo penal

Las distintas visiones del derecho penal, han debatido desde siempre sobre el rol que cabe al ius puniendi, demostrando que a ciencia es mucho más que una dogmática dura, reducida a la teoría general y especial del delito. Entre el derecho penal autoritario y otro fundado en los derechos individuales, la vieja disputa entre personalismo y transpersonalismo, es un hecho permanente y polémico.

El Dr. José Luis Guzmán Dálbora, con una brillante carrera académica, siempre ha postulado una visión personalista del derecho penal, que ha expuesto en muchas conferencias. Hace un par de años estuvo en Concepción, en las Jormadas Nacionales de Derecho Penal, donde tuve oportunidad de escucharlo, siempre consecuente con su discurso contra el autoritarismo.

El 25 de septiembre de 2002, hizo la disertación de apertura, en el marco del XIV Congreso Latinoamericano,  IV Iberoamericano y II Nacional de Derecho Penal, realizado en al Universidad de Valparaíso. Su tema fue: "Una especial versión del autoritarismo penal en sus rasgos fundamentales: la doctrina de la seguridad ciudadana"

Aquí les dejo el link con el trabajo.

viernes, 15 de abril de 2011

Sobre los movimientos impulsivos y el concepto jurídico penal de acción

Enseñamos que el delito es acción típica antijurídica y culpable. Uno de los aspectos más discutidos de la teoría, es la ausencia de acción, y dentro de esto, los actos reflejos. Esta tarde, comenzando el curso de Magister de Derecho Penal de la UCSC, me aventuré, por puro gusto de escuchar y recordar y aprender, a la clase del Prof. Jaime Náquira Riveros, quien mencionó el artículo del Dr. Jesús María Silva Sanchez "Sobre los movimientos impulsivos y el concepto jurídico penal de acción"

Aquí el link con el artículo.

La fotografía que ilustra el post, tiene que ver con un ejemplo de ausencia de acción, que el Profesor Náquira dio en clase. Otro día les cuento.

Reacciones al allanamiento efectuado por la Ministra Gonzalez al abogado Juan Pablo Bulnes.

Varias autoridades y personajes públicos de Chile,  se han referido al allanamiento de que fueron objeto el domicilio y la oficina del abogado Juan Pablo Bulnes, defensor del Sacerdote Karadima, por parte de la Ministro en Visita Jessica Gonzalez, de la Corte de Apelaciones de Santiago.

Recordemos que ayer, la diligencia tenía por objeto incautar el expediente eclesiástico, que contiene la investigación que la Santa Sede efectuó sobre el caso, y que estaba en poder del abogado Bulnes, quien había representado a Karadima en el caso.

El Obispo de Santiago, Ricardo Ezzati, en el Diario la Tercera, caracterizó el hecho de la siguiente forma:

"Ciertamente es un tema muy delicado, porque justamente la confianza forma parte, y el secreto forma parte de lo que son uno de los derechos de las personas humanas. Una persona humana tiene el derecho de confiarme algo bajo secreto y yo tengo que reservar ese secreto dentro de mi corazón"

El Prelado coincidió con las declaraciones efectuadas en la mañana Radio Agricultura, por el Obispo de San Bernardo Juan Ignacio Gonzalez, quien luego de señalar que los documentos estaban sujetos al secreto pontificio, indicó:

"Un juez civil ha interceptado una documentación que estaba bajo reserva propia de la legislación de la Iglesia. Esto es gravísimo, un ordenamiento pasó a llevar a otro"


Por otra parte, el Presidente del Colegio de Abogados, Enrique Barros, en el portal de EMOL declaró sobre la disposición del organismo para acoger el amparo presentado por el abogado Bulnes, criticando la actitud de la Jueza de la siguiente forma:

"Ha actuado equivocadamente, se ha hecho una orden general de allanamiento, con na supuesta autorización de una indagación realizada por la fiscalía el año pasado, en el que el presbítero Karadima había autorizado la entrega de algunos documentos (...)en esos términos, no es ni necesario decir que se excedió en los términos"

El Ministro de Justicia Felipe Bulnes, preguntado por el allanamiento, en una entrevista radial para ADN, se refirió al secreto profesional de los abogados, en los siguientes términos:

"A modo conceptual, en principio los abogados y esto va en beneficio de las personas que son defendidas por los abogados, tienen lo que se llama "el secreto profesional", que los ampara precisamente de todos los antecedentes que han recibido de sus clients, de sus defendidos, de no van a ser revelados, porque si no cualquier persona que contratara un abogado tendría la preocupación que el día de mañana lo que le confidenció al abogado bajo reserva va a ser usado en su contra, pero en este caso, yo no se bien los argumentos que ha invocado la ministra en visita para ordenar la incautación..."

Han apoyado a la Jueza, el Presidente de la Corte de Apelaciones de Santiago, Juan Eduardo Fuentes Belmar, quien en el portal de 123 Noticias,  ha reivindicado el carácter de independiente que tiene la magistrado para llevar adelante las diligencias, y el Director de la Fundación América Solidaria Benito Baranda, quien en la Radio Cooperativa, indicó que la jueza debía utilizar las declaraciones para sancionar al Sacerdote Karadima.

jueves, 14 de abril de 2011

Allanan domicilio particular y oficina de abogado defensor en Chile

Hoy en la mañana, fueron allanadas la oficina y el domicilio particular del abogado Juan Pablo Bulnes, defensor del Sacerdote Fernando Karadima, quien está imputado de abusos sexuales. La diligencia fue encabezada por la Ministra en Visita Jessica Gonzalez y miembros de la Policía de Investigaciones de Chile, toda vez que se trata de una causa que está siendo tramitada ante el sistema inquisitivo, hoy extinto en el país, atendidas las fechas en las cuales se habría perpetrado los abusos, y tenía por objeto obtener la copia del expediente eclesiástico que se tramitó contra el Sacerdote. El abogado Juan Pablo Bulnes, señaló que se trataba de una violación del secreto profesional, e informó que recurrirá de amparo ante el Colegio de Abogados.

Bajo la realidad acusatoria que actualmente rige en Chile para la generalidad de los casos, las facultades de investigar y juzgar, se encuentran separadas, y mientras el Ministerio Público realiza las diligencias, los jueces resuelven el conflicto y ejercen el control de todas aquellas diligencias que pueden afectar garantías constitucionales. Esto significa que para realizar cualquier diligencia de esta naturaleza, el Fiscal debe solicitar la correspondiente autorización al Tribunal de Garantía, cuestión que no ocurre en este caso, donde el modelo inquisitivo entrega al mero arbitrio del Juez, el efectuar o no la diligencia de allanamiento.

Para el nuevo sistema acusatorio, la norma de control dice:


Artículo 9º.- Autorización judicial previa. Toda actuación del procedimiento que privare al imputado o a un tercero del ejercicio de los derechos que la Constitución asegura, o lo restringiere o perturbare, requerirá de autorización judicial previa.  
En consecuencia, cuando una diligencia de investigación pudiere producir alguno de tales efectos, el fiscal deberá solicitar previamente autorización al juez de garantía.
Tratándose de casos urgentes, en que la inmediata autorización u orden judicial sea indispensable para el éxito de la diligencia, podrá ser solicitada y otorgada por cualquier medio idóneo al efecto, tales como teléfono, fax, correo electrónico u otro, sin perjuicio de la constancia posterior, en el registro correspondiente. No obstante lo anterior, en caso de una detención se deberá entregar por el funcionario policial que la practique una constancia de aquélla, con indicación del tribunal que la expidió, del delito que le sirve de fundamento y de la hora en que se emitió.


La Ministro en Visita logró su objetivo, e incautó los documentos que buscaba, pese a la oposición del abogado, que nada pudo hacer para proteger el documento. Bajo la nueva realidad acusatoria, una diligencia como la realizada, sin autorización judicial, deviene en prueba ilícita y responsabilidades para el ejecutante. Más allá de un evidente problema de secreto profesional, oportunidad y legalidad, subsiste uno más grave: la dualidad de procedimientos en Chile, donde algunos son juzgados por el sistema inquisitivo y otros por el acusatorio, en condiciones muy diferentes, por cierto.

Planean construir 4 nuevas cárceles en Chile

La construcción de cuatro nuevas cárceles, anunciará el Gobierno de Chile durante esta jornada, las que tienen por objeto evitar el actual hacinamiento, y al mismo tiempo otorgar posibilidades de rehabilitación y reinserción. El plan es segregar por indices de peligrosidad a los internos, en una nueva cárcel de alta seguridad, dos de baja peligrosidad y un centro de derivación, los que deberían estar listos, en Santiago y regiones, el año 2014.

Corrigiendo el modelo de construcción, se propone que el Estado construya las cárceles, sin perjuicio de que luego sean operadas por privados mediante el sistema de concesión. Se pretende evitar nuevos conflictos como el ocurrido en Concepción, donde la construcción de la nueva cárcel El Manzano II estuvo largo tiempo detenida, por problemas judiciales con el Consorcio a cargo de la edificación.

Conjuntamente con lo anterior, se propondrán estímulos a los presos, consistentes en la posibilidad de trabajar y estudiar. Aquellos que presenten buena conducta, podrían ser trasladados desde cárceles de alta seguridad a otras de baja peligrosidad.

miércoles, 13 de abril de 2011

Una buena noticia para Jeffrey Deskovic

La historia del norteamericano Jeffrey Deskovic no difiere de otras similares de convicción errada. Siendo un adolescente, fue condenado en 1990, por homicidio y violación de una joven de 17 años. Entre otras pruebas, estaba la confesión falsa obtenida mediante coerción. Fue exonerado en 2006, luego de haber cumplido quince años en prisión. A diferencia de otros casos, aquí el verdadero autor fue descubierto y puesto en prisión.

Deskovic comenzó la tarea de obtener una indemnización, cuestión que logró recién, pero no de los Tribunales de Justicia, sino de parte de los legisladores del Condado de Wetchester, Nueva York, que aprobaron por unanimidad, el pago de la suma de 6.5 millones de dólares, por los daños causados. A propósito de la reciente sentencia de la Corte Suprema norteamericana, que revocó la indemnización fijada a John Thompson, en otro caso de convicción errada y posterior exoneración, obviamente que el camino seguido por Deskovic, fue el adecuado.

En el largo camino hasta la reparación, fue asesorado por Barry Scheck y Peter Neufeld, los fundadores del  Innocence Project.  Jeffrey Deskovic actualmente está terminando un Master en el John Jay College Of Criminal Justice.

Un mal día para John Thompson

El 6 de diciembre de 1984, el ejecutivo de un hotel, de nombre Ray Liuzza, en Nueva Orleans, Estados Unidos, fue asesinado por un asaltante. John Thompson fue acusado del crimen y enviado a prisión, en 1985, por 18 años al corredor de la muerte, hasta que una Corte de Apelaciones ordenó un nuevo juicio, donde el encarcelado fue declarado inocente. Durante el tiempo de privación de libertad, y luego de una dura batalla legal, Thompson estuvo a punto de ser ejecutado en al menos 7 ocasiones, hasta que un investigador de la defensa, encontró un informe forense que exculpaba de toda responsabilidad a John.

El asunto no terminó con la libertad de Thompson, porque en el año 2003, porque éste inició acciones indemnizatorias contra la oficina del Fiscal de Distrito de Nueva Orleans. El demandante ganó el juicio ea principos del año 2007, y una Corte ordenó a los fiscales que habían intervenido en el caso, pagar solidariamente la suma de 14 millones de dólares, por concepto de daños.

El caso fue llevado a la Corte Suprema norteamericana, que en una reciente decisión, revocó la resolución que ordenaba pagar la indemnización. En una discutida sentencia, por mayoría de 5 contra 4 votos, el Juez Clarence Thomas, señaló que Thompson no había podido demostrar que el Fiscal de Distrito de Nueva Orleans, fuera "deliberadamente indiferente"a los abusos porque no se había demostrado un "patrón de conducta" frente a otros casos similares.

La sentencia de la Corte Suprema norteamericana, pone puntos suspensivos a las aspiraciones de los exonerados, de obtener indemnizaciones por el tiempo que han permanecido privados de libertad, y establece un nuevo estándar, porque obliga a probar que el persecutor ha tenido un "patrón de conducta", para casos análogos, o de lo contrario, disculpa en todas sus partes el grave error que pone tras las rejas a un inocente.

Nuevo revés para Troy Davis en la Corte Suprema norteamericana

En Estados Unidos, las batallas legales para salvar a una persona de la pena de muerte, pueden extenderse por décadas. Es lo que ocurre con Troy Davis, quien está condenado por la muerte del policía Marc MacPhail, ocurrido en Georgia en 1989, en medio de numerosas dudas sobre su culpabilidad, como la retractación de testigos o la inexistencia del arma utilizada.Todo indica que Davis es inocente, incluso uno de los testigos que lo sindica como autor, Silver Cole, es la persona que originalmente fue sospechosa de la muerte del policía.

Davis permanece en prisión desde el año 1991, y durante el período, ha estado tres veces con fecha para la ejecución, y ahora se enfrenta a la muerte, luego que la Corte Suprema norteamericana, el pasado 28 de marzo rechazara un nuevo recurso.

Numerosas personalidades, como Benedicto XVI, Desmond Tutu y Jimmy Carter, han solicitado a las autoridades un nuevo juicio para Troy, hasta ahora sin éxito. Ha sido visitado incluso por músicos, como Richard Hughes el baterista del grupo Keane. La organización Amnistía Internacional, está trabajando hace años para sensibilizar a las autoridades de Georgia, contra la pena de muerte que pesa sobre Davis.

martes, 12 de abril de 2011

Canción en comisaría


Angel Ravelo es un trovador nacido en Las Palmas de Gran Canaria, España, en 1976.  A la edad de 20 años emigra a Madrid, donde comienza una prolífica actividad en la música de autor. A medio camino entre sus estudios de historia del arte, y los conciertos, logra un éxito arrollador con su álbum "Sentado en la escalera"

En ese trabajo incluye "Canción en comisaría", la historia de un denunciante, que armado de todo el valor del mundo concurre a una estación de policía a dar cuenta de un concurso de delitos muy particular. A medida que avanza en la denuncia, va concluyendo que quizá no sea una buena idea, porque inevitablemente va a perder el juicio. Con una letra plagada de referencias a instituciones del procedimiento penal, es una tremenda canción.

Investigan posible asesino en serie en Nueva York

La policía de Nueva York especula con la existencia de un asesino en serie, a propósito de las muertes de 12 personas, que aparecieron enterradas en la playa, entre las que se cuentan varias mujeres. La primera víctima Shannan Gilbert, se perdió a principios de mayo del año pasado, y en diciembre se encontraron 4 cadáveres más en el radio de unos cuantos kilómetros, en la playa.

Al igual que la historia de "Jack el Destripador", las mujeres son mayoritariamente prostitutas, y se especula que podría tratarse de un "Dexter" real, a la manera del personaje de televisión, que mata a quienes previamente han matado, en un extraño ritual de justicia. Los investigadores carecen de pistas concretas, pero consideran que el asesino podría ser una persona con avanzados conocimientos de investigación policial y ciencia forense, por el cuidado que pone en sus crímenes, para no dejar rastros.

La policía ha ampliado el radio de búsqueda de nuevas víctimas a Nassau, y continúa encontrando restos presuntamente humanos.

lunes, 11 de abril de 2011

Raising the bar


De los dramas legales memorables, se ambienta en la oficina de defensores públicos de Nueva York. Fue exhibido por TNT en dos temporadas, el 2008 y el 2009, pero luego fue cancelado por una baja en el rating. La serie, del director Steven Bochco, mostraba el día a día de Jerry Kellerman, protagonizado por Mark Paul Goselaar, un defensor de oficio que dejaba todo en el tribunal para defender a sus clientes infractores de ley. En la mesa del frente, la fiscal Michelle Ernhardt, protagonizada por Melissa Sagemiller,  procuraba meter en la cárcel a cada cliente de Jerry. Otros actores eran Gloria Reuben, como la jefa de la oficina de defensores, Currie Graham como el fiscal jefe; J. August Richard en el papel del fiscal ex compañero de Jerry; Teddy Sears y Natalia Cigluti como defensores.

Mostraba de manera bastante real, el trabajo de los defensores de oficio. Si bien la litigación no fue un aspecto destacado en la primera temporada, mejoró notablemente en la segunda. Algunos clips perfectamente pueden servir para ilustrar las técnicas. Si encuentra por ahí un capítulo, no saldrá defraudado. Era una muy buena serie, que desafortunadamente no sobrevivió al exigente público norteamericano

Filtran declaración de Bachelet ante el Ministerio Público

Cuando el Ministerio Público de Chile, decidió iniciar investigación por la fallida alerta de Tsunami del 27 de febrero de 2010 , que costó la vida a varios centenares de personas, la primera cuestión que concitó el interés ciudadano, era la declaración de la ex Presidenta Michelle Bachelet, como la encargada a esa fecha del gobierno y la administración interior del estado.

Bachelet declaró por casi siete horas el martes 28 de diciembre de 2010, ante la Fiscal Solange Huerta, a cargo de la investigación, pero la opinión pública no pudo conocer el texto de la declaración, porque la Fiscal declaró secreta la declaración, prohibiendo a los abogados del caso, difundirla por cualquier medio. Esta decisión provocó numerosas críticas, porque no se concebía el ejercicio de la atribución, en un sistema acusatorio marcado por la transparencia y la publicidad.

Sin embargo, en un golpe periodístico, el Diario El Mercurio de Santiago de Chile, publicó ayer domingo 10 de abril de 2011, toda la declaración de la ex Presidenta, y los internautas podían leer la pieza de investigación, con todo detalle, en el sitio web del matutino.

El artículo 182 del Código Procesal Penal chileno, establece el secreto de la investigación en los siguientes términos:


Art. 182.  Secreto de las actuaciones de investigación. Las actuaciones de investigación realizadas por el ministerio público y por la policía serán secretas para los terceros ajenos al procedimiento. 
El imputado y los demás intervinientes en el procedimiento podrán examinar y obtener copias, a su cargo, de los registros y documentos de la investigación fiscal y podrán examinar los de la investigación policial.
El fiscal podrá disponer que determinadas actuaciones, registros o documentos sean mantenidas en secreto respecto del imputado o de los demás intervinientes, cuando lo considerare necesario para la eficacia de la investigación. En tal caso deberá identificar las piezas o actuaciones respectivas, de modo que no se vulnere la reserva y fijar un plazo no superior a cuarenta días para la mantención del secreto. 
El imputado o cualquier otro interviniente podrá solicitar del juez de garantía que ponga término al secreto o que lo limite, en cuanto a su duración, a las piezas o actuaciones abarcadas por él, o a las personas a quienes afectare. 
Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos anteriores, no se podrá decretar el secreto sobre la declaración del imputado o cualquier otra actuación en que hubiere intervenido o tenido derecho a intervenir, las actuaciones en las que participare el tribunal, ni los informes evacuados por peritos, respecto del propio imputado o de su defensor. 
Los funcionarios que hubieren participado en la investigación y las demás personas que, por cualquier motivo, tuvieren conocimiento de las actuaciones de la investigación estarán obligados a guardar secreto respecto de ellas. 

La Fiscal Huerta, ha iniciado una investigación para determinar los responsables de la filtración, pero sin duda que el incidente pone en duda la eficacia de la norma.

Sobre las acciones penales derivadas del terremoto

El terremoto 8.8º que asoló a Chile el 27 de febrero de 2010, motivó un conjunto de acciones penales, derivadas del daño que sufrieron muchas construcciones, algunas de las cuales simplemente se desplomaron, como ocurrió con el emblemático edificio Alto Río, en Concepción Chile. Se trata de acciones penales que se encuentran en desarrollo.

El resumen del trabajo dice:


El artículo analiza las condiciones de una eventual atribución de responsabilidad jurídico penal en  relación con  hechos delictivos de significación  patrimonial que pudieran  haber sido cometidos a través de la construcción y/o la venta de inmuebles que resultaran gravemente dañados a consecuencia del reciente terremoto. En  particular, el artículo  se centra en la posibilidad de que viniera en consideración un delito de estafa o defraudación, por una parte, o un delito de daños, por otra. En lo primero, el énfasis está puesto  en demostrar la irrelevancia del efectivo menoscabo estructural de los inmuebles para determinar el eventual perjuicio patrimonial; en lo  segundo, se levanta la tesis de que el problema fundamental que presenta la posibilidad de una fundamentación de responsabilidad jurídico-penal concierne la imputabilidad  subjetiva del hecho constitutivo de daños.


En el artículo que enlazamos, aparecido en el último número de la revista Política Criminal, de la Universidad de Talca y el Centro de Estudios de Derecho Penal de la misma casa de estudios, el Dr. Juan Pablo Mañalich, Profesor de Derecho Penal de la Universidad de Chile, se refiere precisamente al mérito de tales acciones penales, y analiza los posibles caminos judiciales en la solución del conflicto. Parece oportuno revisar el trabajo, por el debate que se ha producido en Chile, sobre las consecuencias del terremoto.

El artículo completo puede leerse acá.

domingo, 10 de abril de 2011

El Fiscal Peña y los otros


La renuncia del Fiscal Alejandro Peña, al Ministerio Público de Chile, para incorporarse al trabajo del Ministerio del Interior, ha desatado toda clase de reacciones, entre las que se cuentan aquellas que derechamente condenan la actitud del prosecutor, quien dejaba el cargo de Fiscal Regional, por vencimiento del plazo, el próximo octubre.


Todo sistema acusatorio, se caracteriza por la existencia de funcionarios especializados, que han intervenido tiempo y recursos en su formación. En el caso del Fiscal Peña, su vida profesional comenzó mucho antes que su ingreso al Ministerio Público, como miembro del Poder Judicial, donde ocupó el cargo de Juez del Crimen y Relator de la Corte de Apelaciones de Santiago, y no es aventurado sostener que tarde o temprano podría haber sido Ministro de Corte, en un camino natural y lógico de desarrollo profesional, pero optó por el rol de Fiscal, donde realizó una destacada carrera al mando de mediáticas investigaciones contra el narcotráfico, el denominado "caso bombas" y la más reciente, sobre las muertes en el incendio de la cárcel de San Miguel, entre otras.


Los sistemas penales, por norma general fijan plazos para la permanencia de los funcionarios en los cargos más altos, así por ejemplo, un Fiscal Regional, dura 10 años en el cargo y no puede ser reelegido, a diferencia de un Senador, por ejemplo, que por períodos de 8 años, puede continuar cuantas veces estime conveniente, si cuenta con los votos. En general para los políticos, no existen limitaciones, ni durante ni después de cesado el cargo, para que opten a nuevas actividades, por lo que resulta absurdo proponer que para los Fiscales, Jueces o Defensores, existan períodos de espera, donde sometidos a una verdadera interdicción, estén impedidos de asumir otras funciones. Son múltiples los casos en los cuales ex Ministros de Estado, ex parlamentarios, luego de concluído el período, asumen cargos en el ámbito privado, como directores de empresas, por ejemplo, o en la propia administración pública, sin limitaciones.


Si el Fiscal Peña, a escaso tiempo de cesar sus funciones, ha optado por otro trabajo, simplemente busca nuevos horizontes de desarrollo profesional, como podría hacerlo cualquier persona que opta por un mayor bienestar, en la plenitud de su vida laboral. Es absurdo pretender que un acto como el comentado, pueda lesionar la autonomía del Ministerio Público, porque inhibir a un funcionario en tales circunstancias, es imponer una carga que por lo demás es ajena a otros funcionarios del estado. El prestigio profesional, siempre será una tarea personal, un capital propio y valioso, que no puede ser anulado por disposiciones estatales, ni menos por opiniones que se fundamentan más bien en la política contingente y no en el reconocimiento a quien ha realizado bien su trabajo. 


El rap de Presunto Culpable

Antonio Zúñiga, el protagonista del exitoso documental Presunto Culpable, que desnuda la realidad del sistema inquisitivo en México, comenzó una carrera musical con temas de su autoría, y un trabajo que ha lanzado al mercado tres mil copias.

El video del rap incluído en el documental, es una muestra perfecta del estado de ánimo de quien fue encarcelado injustamente, y luego liberado por el veredicto de inocencia.

sábado, 9 de abril de 2011

Fallece Sidney Lumet

Hoy, en Nueva York, a la edad de 86 años, murió el legendario cineasta Sidney Lumet, por causa de un linfoma. Si bien por alguna de sus películas, jamás obtuvo un Oscar de la Academia, es conocido por su prolífica obra, siendo "Doce hombres en pugna" la más importante para el mundo del derecho.

La película trata de la deliberación que debe realizar un jurado, luego de conocer un caso de homicidio que involucra a un pandillero. En medio de la discusión, uno de los miembros del jurado, manifiesta su total desacuerdo con los demás, creando un grave conflicto para la decisión final.

Nacido en Filadelfia, el 25 de junio de 1924, Lumet cuenta entre sus éxitos, con algunos clásicos como "Tarde de Perros" y "Serpico"; ambos filmes protagonizados por el talentoso actor Al Pacino. La Academia reconoció su trabajo, mediante un Oscar a la trayectoria, en el 2005.

Difunden carta de Obispos chilenos por casos de abuso sexual

La Iglesia Católica chilena, vive difíciles momentos derivados de algunos casos de abuso sexual que han involucrado a personeros como el sacerdote Fernando Karadima y la superiora de la Congregación de las Ursulinas, conocida como Sor Paula.

Los hechos motivaron una declaración de la Conferencia Episcopal reunida en Punta de Tralca y liderada por el Arzobispo de Santiago Monseñor Ricardo Ezzati, que en parte dice:

"Expresamos nuestro profundo dolor por los casos pasados y recientes de abusos de menores y jovenes, cometidos por miembros del clero y personas consagradas, reconocemos que no siempre hemos reaccionado con prontitud y eficacia ante las denuncias, manifestamos nuestra cercanía y solidaridad con sus familias y hacemos nuestro su sufrimiento, les ofrecemos humildemente nuestra petición de perdón y el apoyo que podamos darles además de nuestra oración"

La declaración es conocida justo cuando la justicia chilena ha designado una Ministra en Visita para que se haga cargo del caso Karadima, y continúa la investigación contra Sor Paula.

Conjuntamente con la declaración, los obispos, comprometieron mejorar la respuesta, frente a  eventuales casos y adoptar medidas para pefeccionar la selección y formación de los futuros sacerdotes.



jueves, 7 de abril de 2011

Ante la ley

Hay un guardián ante la Ley. A ese guardián llega un hombre de la campaña que pide ser admitido a la Ley. El guardián le responde que ese día no puede permitirle la entrada. El hombre reflexiona y pregunta si luego podrá entrar.

- Es posible - dice el guardián - pero no ahora. 

Como la puerta de la Ley sigue abierta y el guardián está a un lado, el hombre se agacha para espiar. El guardián se ríe, y le dice:

- Fíjate bien: soy muy fuerte. Y soy el más subalterno de los guardianes. Adentro no hay una sala que no esté custodiada por su guardián, cada uno más fuerte que el anterior. Ya el tercero tiene un aspecto que yo mismo no puedo soportar. 

El hombre no ha previsto esas trabas. Piensa que la Ley debe ser accesible en todo momento a todos los hombres, pero al fijarse en el guardián con su capa de piel, su gran nariz aguda y su larga y deshilachada barba de tártaro, resuelve que más vale esperar. El guardián le da un banco y lo deja sentarse junto a la puerta. Ahí, pasa los días y los años. Intenta muchas veces ser admitido y fatiga al guardián con sus peticiones. El guardián entabla con él diálogos limitados y lo interroga acerca de su hogar y de otros asuntos, pero de una manera impersonal, como de señor poderoso, y siempre acaba repitiendo que no puede pasar todavía. El hombre, que se había equipado de muchas cosas para su viaje, se va despojando de todas ellas para sobornar al guardián. Éste no las rehusa, pero declara:

-Acepto para que no te figures que has omitido algún empeño. 

En los muchos años el hombre no le quita los ojos de encima al guardián. Se olvida de los otros y piensa que éste es la única traba que lo separa de la Ley. En los primeros años maldice a gritos su destino perverso; con la vejez, la maldición decae en rezongo. El hombre se vuelve infantil, y como en su vigilia de años ha llegado a reconocer las pulgas en la capa de piel, acaba por pedirles que lo socorran y que intercedan con el guardián. Al cabo se le nublan los ojos y no sabe si éstos lo engañan o si se ha obscurecido el mundo. Apenas si percibe en la sombra una claridad que fluye inmortalmente de la puerta de la Ley. Ya no le queda mucho que vivir. En su agonía los recuerdos forman una sola pregunta, que no ha propuesto aún al guardián. Como no puede incorporarse, tiene que llamarlo por señas. El guardián se agacha profundamente, pues la disparidad de las estaturas ha aumentado muchísimo. 

-¿Qué pretendes ahora?, - dice el guardián -  eres insaciable. 

-Todos se esfuerzan por la Ley - dice el hombre - ¿Será posible que en los años que espero nadie ha querido entrar sino yo?

El guardián entiende que el hombre se está acabando, y tiene que gritarle para que le oiga: 

-Nadie ha querido entrar por aquí, porque a tí solo estaba destinada esta puerta. Ahora voy a cerrarla.

Franz Kafka
(Versión de Jorge Luis Borges)

Designan a Procuradora General de México

Por 84 votos a favor, 15 en contra y 7 abstenciones, el Senado Mexicano aprobó para el cargo de Procuradora General de la Nación, a Marisela Morales, propuesta por el presidente Felipe Calderón, como la primera mujer para ocupar el cargo

Morales, es abogada, estudió en la Universidad Autónoma de México, y luego se tituló de Magister en Ciencias Penales en el Instituto de Ciencias Penales. Sus primeros pasos en la profesión de abogado, fueron en condición de defensora de oficio, y luego en la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal. En esta Institución ocupó varios cargos, llegando a ser la subprocuradora de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada.

La designada, ocupa el cargo que dejó el anterior Procurador, Antonio Chavez Chavez, quien luego de un año y medio presentó su dimisión. Morales había sido designada recientemente con el Premio Internacional a la Valentía 2011, entregado por el Gobierno de Estados Unidos.

El crimen organizado

El Dr. Raul Carnevali, es Doctor en Derecho Penal por la Universidad de Navarra, y Director del Centro de Estudios de Derecho Penal de la Universidad de Talca. Es autor de numerosos artículos de la especialidad, y su vida académica se desarrolla en torno a la enseñanza del derecho penal, y la participación como conferencista en cursos y seminarios. Es post doctorado en el Departamento de Derecho Penal “Cesare Beccaria” de la Universidad de Milán.

Precisamente en su estancia de post doctorado, asumió la tarea de investigar sobre crimen organizado, desde donde surgió el trabajo titulado "La criminalidad organizada, una aproximación al derecho penal italiano, en particular la responsabilidad de las personas jurídicas y la confiscación" El resumen dice:


El crimen organizado es una de las manifestaciones criminales que se han fortalecido dentro de la economía globalizada. Italia, por su experiencia con la mafia, ha desarrollado diversos mecanismos, entre ellos, la responsabilidad del ente y la confiscación, que son medidas dirigidas a prevenir el lucro ilícito, que es lo que motiva a estas organizaciones.

El artículo completo, puedes leerlo aquí. 

miércoles, 6 de abril de 2011

Presunto Culpable

La historia de Jose Antonio Zuñiga Rodriguez, alias "Toño", acusado erróneamente de homicidio calificado, es una de las historias más terribles que ha contado un documental. Tiene lugar en México, y es fruto del trabajo de dos jóvenes abogados, Roberto Hernández y Layda Negrete, quienes pusieron una cámara para relatar el juicio y los detalles, hasta la liberación del imputado.

El documental llegó en el preciso momento que en México se discute el cambio procesal penal, desde el inquisitivo al acusatorio, por lo que el impacto mediático fue extraordinario. Voces disidentes intentaron que la obra no se exhibiera en los cines, obteniendo la suspensión provisional, que luego fue levantada, convirtiendo a "Presunto Culpable", en un éxito de taquilla.

Es un documental que ha avivado el debate en torno al sistema inquisitivo que impera en México, creando una corriente favorable a la reforma del procedimiento penal, actualmente en curso. Así por ejemplo, en Puebla, el gobierno local organizó una exhibición, para aproximadamente 250 funcionarios y autoridades.

Renuncia Fiscal Alejandro Peña al Ministerio Público

El Fiscal Alejandro Peña, quien ejercía el cargo de Fiscal Regional de la Zona Metropolitana Sur en Santiago de Chile, acaba de presentar su renuncia al Fiscal Nacional Sabas Chahuán, y se incorporará próximamente a trabajar en el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

Fue célebre su paso por el Ministerio Público, porque le correspondió investigar casos muy mediáticos, como el desmantelamiento de la banda de los "Care Jarro" y el Caso Bombas, donde llegó luego de que el Fiscal Nacional lo designara en reemplazo del Fiscal Xavier Armendáriz. Recientemente había participado en la formalización por el Incendio de la Cárcel de San Miguel.

Peña fue Juez del Crimen, luego se desempeñó como Relator de la Corte de Apelaciones de Santiago, desde donde se incorporo al Ministerio Público. Luego de su renuncia, que tendrá lugar a partir del 10 de abril, el Ministerio Público deberá llamar a concurso para cubrir la vacante, que ocupaba desde Octubre del año 2003, debiendo cesar en su cargo en octubre del presente año. Los Fiscales Regionales permanecen en el cargo por 8 años.

Una de Manolito


Del genial Quino, dibujante argentino que marco una época con Mafalda y sus amigos, la célebre viñeta donde el explotado niñito gallego, deja caer la célebre frase que terminó de un plumazo con el juego.

martes, 5 de abril de 2011

Derrick Williams exonerado por un cabello

Después de 5 años de trabajo, el Innocence Project de Florida, acaba de exonerar a Derrick Williams, un hombre que pasó 18 años de su vida, encarcelado y condenado injustamente por una violación que no había cometido.

Nuevamente un test de ADN, dio la razón al proyecto. En una camiseta gris, utilizada para cubrir el rostro de la víctima, quedó un cabello que según los análisis no pertenece al condenado. Cuando salió de la cárcel, Williams dijo: "Quiero en primer lugar dar gracias a Dios, porque sin El esto no habría ocurrido, y deseo dar gracias a mi familia por creer en mí"

Derrick había sido condenado a pasar el resto de su vida en la cárcel, y como en otros casos similares, la convicción errada del tribunal, fue consecuencia de testigos que se equivocaron en la identificación y falta de pruebas científicas. Es el exonerado número 13 en Florida, y el número 268 en Estados Unidos.

La historia completa aquí.

Entrevista al Dr. Alejandro Slokar

Es autor con el Dr. Eugenio Raul Zaffaroni del célebre "Derecho Penal. Parte General", y docente en la Universidad de Buenos Aires, el Dr. Slokar ha equilibrado la docencia con el servicio público, siendo Secretario de Politica Criminal de la República Argentina.

Hace un tiempo dio una entrevista a la Revista Encrucijadas, de la UBA, donde abordaba el tema de la prisionización. En parte de ella, es preguntado por las distorsiones del sistema de enjuiciamiento, y respondió:


Imagen EFE
La nota central es excesivo formalismo que lo convierte en un perverso sistema en donde se desnaturaliza el funcionamiento del proceso. Se trata de un modelo de gestión vetusto que responde a cánones decimonónicos con la sacralización del trámite a través del papel, a partir de lo que gira todo lo organizativo y edilicio. Los problemas ya existen y seguirán poniéndose de manifiesto: continuamos atados al concepto de expediente o causas de papel, en lugar de hacer todo oral y público para ganar en sencillez y transparencia. Si a ello le sumamos que apenas llegan al tres por ciento los casos ingresados a la investigación preliminar que se resuelven en sentencias de las cuales el juicio abreviado es las dos terceras partes, el resultado no puede ser más desalentador. Así, entonces, el juicio se ha vuelto extraordinario, el proceso devino en gran medida en una ficción, ya que comenzó a primar la negociación extorsiva en el llamado “juicio” abreviado o el milagroso ingenio de una Justicia express en el “juicio” por flagrancia. Frente a la ausencia de verdaderos juicios, sobre todo de causas relevantes y no de bagatelas, necesitamos la adaptación de formas más democráticas frente a ese falso eficientismo que demanda condenas y encierro de pobres a cualquier costo.
Hoy soplan vientos de cambio en Buenos Aires, que avanza hacia la reforma del sistema procesal penal acusatorio, pero las palabras del Dr. Slokar, siguen siendo un análisis común a la realidad inquisitiva que comienza a retirarse de Latinoamérica.

Puede leer la entrevista completa aquí.

martes, 8 de febrero de 2011

Fotografías del corredor de la muerte en California

Según datos de Amnistía Internacional, actualmente 58 países del mundo mantienen la pena de muerte, y 95 la han abolido para toda clase de delitos.

En Estados Unidos, desde 1977, se han ejecutado aproximadamente 1200 personas. El estado de California, continúa con la práctica de la inyección letal, que ha sido criticada por el alto costo que significa para el estado, especialmente porque se debe mantener a los condenados en el corredor de la muerte, lugar donde se concentran quienes van a recibir la pena. La última campaña presidencial, también encendió el debate en torno al tema.

No existen muchas fotografías de los corredores de la muerte. Recientemente la organización Executed Today, dio a conocer un set, que impresiona por el dramatismo, donde pueden apreciarse las celdas y los sitios en que se ejecuta a los condenados. Pueden ver las fotos, haciendo click aquí.

miércoles, 26 de enero de 2011

Condenan a Falabella a pagar indemnización

De vez en cuando vuelven a surgir noticias con los abusos que a menudo cometen los guardias privados de las tiendas de retail contra los consumidores. Esta vez fue el turno de la empresa Falabella, que fue condenada por la Corte de Apelaciones de Santiago, a pagar una multa de 50 UTM y una indemnización de $2.016.240.  Esta es una noticia que tiene algo más de un mes, pero que por su importancia para casos similares, informo en el blog.

Se trata de un cliente que compró un juguete en la tienda de calle Ahumada, en Santiago de Chile, pero que inexplicablemente fue seguido y detenido en plena calle, acusado de hurto. Al individuo, que finalmente demostró que había comprado la especie, los guardias le causaron lesiones. La sentencia de primera instancia, dictada por un Juzgado de Policía Local, había fijado la indemnización en $21.286.240, suma que fue rebajada por el Tribunal de Segunda Instancia.